domingo, diciembre 31, 2017

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La actualización de los “blogs sinfónicos” cesa a partir del 1º de julio 2017.
Tiene continuación en una ventana de los blogs de los integrantes de los elencos artísticos nacionales argentinos organizados en UPCN: https://orsinaar.blogspot.com/ 

 
actualizado 09-06-2017
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Introducción
Este sitio tiene el objetivo de facilitar información de fondo sobre la historia institucional y gremial de la Orquesta Sinfónica Nacional desde su fundación. 
Un resumen aparte: HITOS EN LA HISTORIA INSTITUCIONAL Y GREMIAL DE LA ORQUESTASINFÓNICA NACIONAL
(La historia institucional-artística está expuesto en su propio rubro: historia sinfónica)


Texto principal

BLOQUE 1
La historia institucional/gremial (orden cronológico ascendente)
(Los títulos marcados vinculan con la respectiva documentación).

Los “Considerando” del Decreto de Fundación, 35.879 Secr. de Educación (1948) exponen la visión que tenían los fundadores de la entonces Orquesta Sinfónica del Estado. Los principios rectores no perdieron actualidad.

Con el Decreto 4345/72, resultado de prolongadas tratativas con el Estado empleador en un año de crisis institucional, se otorga mediante reglamentos específicos de ingreso al organismo y de régimen laboral el así llamado “escalafón especial”. Este status representa el “derecho adquirido” de poder sostener en el futuro un trato diferenciado (p.e. en negociaciones salariales o de reglamento) en razón de la especificidad y alta complejidad del organismo.

Los Convenios 151 y 154 de la OIT (1978/1981) son recomendaciones de la Organización Internacional de Trabajo (una entidad dentro de la ONU) a los países miembros acerca de procedimientos en la consolidación de relaciones laborales. El principio rector es que las relaciones laborales sean consolidadas, cada una en su momento, como “acuerdo de partes”. Son el modelo de la legislación de “paritarias”.

La Argentina ratificó las recomendaciones de la OIT con la Ley Nacional 23.328 (1986) y la Ley Nacional 23.544 (1988).

El Decreto 745 (1988) es el resultado de arduas luchas gremiales de la Orquesta Sinfónica Nacional. 52 conciertos de protesta en la vía pública y la amplia cobertura de los conflictos por parte de los medios periodísticos dejaron sus huellas en la memoria de los ciudadanos. Las respectivas negociaciones con el Estado empleador se desarrollaron bajo vigencia de las flamantes leyes de paritaria. Los términos del decreto, especialmente el régimen de la “carrera” (el término técnico para la antigüedad en el salario y los adicionales propios de la especificidad del cargo) son “derecho adquirido” por excelencia, por la lucha gremial histórica por un lado, y por el carácter de “acuerdo de partes” como manda la ley, por el otro.
Ambas partes enviaron a la prensa un comunicado sobre el cierre exitoso de la paritaria. Clarín menciona en su artículo la parte gremial, mientras La Nación subraya el evidente orgullo del Estado empleador en aquel entonces, de haber logrado un resultado mediante comprensión mutua y procedimientos democráticos.

La Ley Nacional 24.185 (1992) con su Decreto de reglamentación 447/93 determina el detalle para paritarias en el ámbito público, en referencia al Convenio 154 de la OIT (1981) y la Ley Nacional 23.544 (ver arriba).

El Decreto 929 (1993) es una medida unilateral de Menem y Cavallo. Elimina los derechos adquiridos de antigüedad y adicionales específicos en el salario (la así llamada “carrera”). La Orquesta Sinfónica Nacional nunca avaló este decreto que, por ende, no representa un “acuerdo de partes”.

La Ley 24.269 (1993) estipula la necesidad de garantizar la participación de los artistas, por medio de sus sindicatos y organizaciones profesionales, en las políticas culturales y en la delineación de condiciones de trabajo. Garantiza la preservación de derechos adquiridos.

La Orquesta Sinfónica Nacional tramitó administrativamente por el Expediente 1117/03 SC la restitución de la “carrera”. Los trámites culminaron finalmente en una mesa negociadora entre la Secretaría de Cultura y la orquesta. En esta negociación que duró varios meses se elaboró un Proyecto de Decreto en términos semejantes al Decreto 745/88. En agosto 2005, el Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación, José Nun, puso su firma bajo dicho Proyecto de Decreto, comprometiéndose a llevarlo personalmente ante el Presidente de la Nación para su ratificación.

Dicho compromiso quedó en olvido cuando la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público intervino para establecer fecha para la primera paritaria después de 12 años, declarando mediante Actuación 131/05 CTAPSSP la “inquietud planteada” –pese a su resolución en la negociación directa entre Orquesta y Secretaría de Cultura- materia para ser tratada nuevamente en la paritaria sectorial “Orquesta, Coros y Ballets”. Ante la paritaria, y para tener voz y voto en la misma, se produjo la afiliación masiva de los integrantes de la Orquesta Sinfónica Nacional al único “sindicato de profesión” del ámbito, la Sociedad Argentina de Músicos (SAdeM). Ya que los funcionarios del Estado empleador dieron señales de querer demoler el derecho adquirido de un escalafón especial (Decreto 4345/72), resultó lógico afiliarse al Sindicato que sabe argumentar con conocimiento genuino en materia de trabajo cultural-artístico.

La Carta OSN a la Dirección de Audiencias de la Presidencia de la Nación (solicitud de una entrevista, entregado en oportunidad de un concierto de manifestación en la Plaza de Mayo) es el resumen más sintético del reclamo de la OSN. Está basada en la convicción de que la corrección de una injusticia, bien puede ser objeto de una decisión política del Presidente y que la restitución de un derecho, adquirido hace 17 años, no tiene por qué volcarse en una paritaria como elemento de negociación.

Tiempo después se dio una entrevista en la Casa Rosada, en la que el contador Roberto Pirri del Sector Documentación Presidencial sugirió una solución tan lógica como judicialmente sencilla: la derogación del Decreto 929/93 de Menem y Cavallo, restituyendo con esa medida automáticamente el Decreto 745/88. En la Carta de la OSN al Presidente de la Nación del 19 de agosto del 2005 la orquesta señala su acuerdo con esta propuesta. Igualmente, el SAdeM tramitó su participación en las paritarias para representar a sus afiliados en todos las posibles tratativas del orden del día.

Dado que la entrevista en la Casa de Gobierno no había generado compromisos formales, el SAdeM formuló los principales reclamos de la Orquesta Sinfónica Nacional en las reuniones paritarias en curso; ver Acta de paritaria del 11 de noviembre del 2005.

En el Diario de Asuntos Entrados Nº 193/2005, la Comisión de Cultura del Senado de la Nación apoya en un “Proyecto de comunicación” el reclamo de la carrera de la OSN en los términos del Decreto 745/88.

Después de haber abandonado la negociación paritaria durante 2 meses, el Estado empleador presentó en una nueva reunión, de golpe, un “Acta de acuerdo”, para la firma de los gremios presentes. El supuesto “acuerdo” no contempla la el tema de la carrera. Para la Orquesta Sinfónica Nacional establece un aumento salarial de 12%. SAdeM firmó en disconformidad en cuanto al régimen salarial previsto para la Orquesta Sinfónica Nacional y a la homologación de ese Acta de paritaria del 23 de enero del 2006.

El Poder Ejecutivo y el Presidente de la Nación homologaron el Acta de la paritaria del 23 de enero del 2006 mediante Decreto Nº 210/06, ignorando el explícito desacuerdo de SAdeM con tal procedimiento.

En continuación, SAdeM declaró el estado de Asamblea Permanente de la Orquesta Sinfónica Nacional en una Nota a la Secretaría de Cultura y en otra Nota a la Comisión Paritaria del Ministerio de Trabajo. El Departamento de Relaciones Laborales Nº2 del mismo reconoció el estado de conflicto entre la Orquesta Sinfónica Nacional y el Estado empleador y abrió la instancia de conciliación.

El Acta de la reunión conciliadora del 16 de marzo del 2006 pone en evidencia una vez más el desinterés del Estado empleador en una solución, y la actitud dilatoria de los tiempos que ha mostrado en todas instancias anteriores, desde la tramitación del Expediente 1117/03 SC.

En un Proyecto de declaración, un grupo de Diputados de la Nación señaló su apoyo a los reclamos de la “carrera” de la Orquesta Sinfónica Nacional en los términos del Decreto 745/88.

El 15-06-2006 el Ministerio de Trabajo, después de 4 meses de Asamblea Permanente de la Orquesta Sinfónica Nacional, convocó las partes a la Conciliación Obligatoria.

En el primer Acta de la Conciliación Obligatoria del 24-06-2006 consta que la delegación sindical de la orquesta reafirma su rechazo de la movilidad salarial de 12%, mientras los representantes de la Secretaría de Cultura de la Nación pretenden derivar el debate al ámbito de la misma paritaria que provocó el conflicto; la misma paritaria que lleva ya 9 meses sin otro resultado que la homologación formal, ilegítima, de un DESacuerdo de partes.

La propuesta de la Secretaría de Cultura de pagar un plus de 200 pesos mensuales (en negro) figura en un Acta del Ministerio de Trabajo, al haber finalizado el plazo de la conciliación obligatoria. La propuesta fue rechazada por la orquesta.

La actuación notarial del 25-08-2006 documenta una de las chicanas de la Secretaría de Cultura para desmoralizar a los integrantes de la OSN.

Desde el 1 de marzo 2006, la suerte de los diferentes escalafones del Empleo Público Nacional está regulada por el Convenio Colectivo de Trabajo General, homologado por Decreto 214/2006.

Desde abril 2006 en adelante, se produjo un acercamiento entre UPCN y la Orquesta Sinfónica Nacional.
En reuniones técnicas se analizó documentación adicional que aporta a conceptos de jerarquía de agrupaciones sinfónicas en general y de la OSN en particular:
· una carta/ informe del sindicato de orquestas de Alemania (DOV), comparación de estructuras salariales entre orquestas y coros del mismo empleador, y también entre orquestas de diferentes géneros;
· un extracto del contrato de tarifas de orquestas alemanas que da fundamento a la diferencia entre escalafones de orquestas con diferente número de integrantes (categorías A+ hasta D);
· una descripción del perfil de tareas, comparación entre instrumentistas de una orquesta sinfónica y cantantes de coro polifónico;
· se recomendó ver y escuchar una muestra de excelencia artística del 15nto violinista de la fila de los primeros violines de la OSN, 5nta categoría salarial, 13 años de carrera cercenada, actualmente –por errores de la política salarial de la Secretaría de Cultura - 2 categorías salariales por debajo de los violinistas de fila de la Orquesta Nacional de Música Argentina “Juan de Dios Filiberto”, - Miguel Bertero (solista invitado de los Boston Pops);
· se recomendó la película documental “Tocar y Luchar” sobre el movimiento de las agrupaciones juveniles sinfónicas y corales en Venezuela, campaña sin parangón en pos de la tan aclamada inclusión social, que cosecha la admiración del mundo y que es un ejemplo de una cultura musical con visión a futuro.

En las negociaciones paritarias sobre la carrera, retomadas recién a comienzos del año 2007, UPCN se hizo cargo de la representación de la OSN, asentando su proyecto de carrera y adicionales en el acta de paritaria del 16-7-07.

Exactamente un mes después, el 16-8-07, ATE y UPCN firmaron un acta que no cumple plenamente con los reclamos de los profesores de la OSN, al no encontrarse sus pautas a la altura de los derechos adquiridos en 1988 (ver arriba Decreto 745/88) y de las pautas de una demanda judicial de 101 integrantes de la orquesta, trasladada el 12-6-07 (en el noticiero).
Antes de firmar, UPCN dejó las pautas faltantes a considerarse en futuras negociaciones asentadas en un acta complementaria del mismo día.

El 12-09-2007, en oportunidad de una protesta de UPCN frente a la Secretaría de Cultura, la OSN entregó por mesa de entrada una nota (expediente SC 6573/07), pidiendo aclaraciones sobre los razones de la pérdida de dos temporadas, la falta de veracidad de la página oficial de Cultura al día de la fecha y el estado de relación institucional con los prestadores del Auditorio de Belgrano. Además pidió una solución a los problemas generados por la "Ley de incompatibilidad".
Anexos a la nota arriba mencionada: 1) Nota del Subdirector de la OSN del 19-03-07 que expone las dificultades en el sistema de reemplazos para vacantes temporarios. 2) Nota del Director Nacional de Música y Danza que afirma la necesidad de una excepción para músicos profesionales de la norma de incompatibilidades. 3) La OSN refuerza el reclamo administrativo.

El 08-10-2007 se publicó la Resolución Conjunta 53/2007 de la Subsecretaría de la Gestión Pública: el nomenclador de funciones específicas para el personal artístico técnico del Teatro Nacional Cervantes y de los organismos artísticos dependientes de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, importante paso en la reglamentación para un normal funcionamiento de dichos organismos.

El 09-11-2007 se publicó el Decreto 1592/2007 de homologación del acta de paritaria del 16-8-2007 (Boletín Oficial 31278 pag. 10).

El convenio sectorial sobre la carrera y modalidades operativas del 25 de abril del 2008, publicado en la página de ATE Argentina fue homologado por el Poder Ejecutivo y publicado en el Boletín Oficial como Decreto 973/2008, con fecha 18-06-08.

En verano 2008/2009, ante una gestión prácticamente inerte en los asuntos artísticos e institucionales de la Sinfónica, la orquesta inició expedientes para los siguientes proyectos: giras nacionales; presencia en la Feria Internacional del Libro en Frankfurt/ Alemania - a la que había sido invitada-; renovación de la vestimenta para los músicos.
Los funcionarios Dr. José Nun y Rolando Goldman no se dieron por aludidos.

El 15 de abril 2010 se publicó la Resolución Nº 1055/2010 de la Secretaría de Cultura, un reglamento para la  evaluación de desempeño de los agentes de los organismos musicales de la Nación para su promoción por grados en la carrera, elaborado por la Comisión Permanente de Interpretación de la Carrera (CoPIC).

El 25-11-2012 la Sinfónica entrega en Cultura un pedido de apertura de paritaria, con una lista de los temas a tratar con urgencia.

El 12-03-2012 sale el Decreto345/2012 sobre el Plan Nacional de Igualdad Cultural. Su propósito principal es la producción nacional de archivos digitales con contenidos culturales de calidad y su difusión por canales estatales. Se proyecta el Centro Cultural Bicentenario y sus instalaciones como sitio clave para dicha actividad. Con el instrumento político del Plan ”Igualdad Cultural” y con la infraestructura del futuro Auditorio Nacional en el CCB, la Sinfónica Nacional estará – como orquesta residente en dicha sala - por primera vez en su historia en condiciones institucionales para poder cumplir plenamente con los propósitos de sus fundadores como también con las metas artístico-culturales de sus integrantes. El Plan bosqueja, entre otras cosas, una distribución de responsabilidades administrativas entre la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación y el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, que patrocinarán los diferentes módulos funcionales, como banco de datos digitales, el mismísimo CCB, etc.

En 17-11-2012, UPCN y la Sinfónica Nacional entregan varias cartas en la Secretaría de Cultura, denunciando las flagrantes fallas técnico-administrativas de la misma, como son: falta de pago de haberes a profesores músicos que vienen cubriendo cargos como suplentes en la orquesta desde hace meses, falta de pago a directores y solistas invitados (nacionales y extranjeros), restricción de repertorio por problemas de pago a editoriales y descuido del seguro de instrumentos musicales. Otra carta reitera el pedido de paritaria del 25-11-2011 y recuerda los ítems a negociar.

El 16-12-2014 se firma un Acta de acuerdo entre el Ministerio de Cultura y UPCN, en carácter de trámite previo a la convocatoria de paritarias en el sector "Orquestas, Coros y Ballets". Entre los temas pendientes figuran el reconocimiento del título de "Profesor Superior de Orquesta" (ver antecedente Artículo 7º del Decreto 745/88) y la creación de nuevos cargos de planta, entre otros.

El 06-03-2017 los delegados de ATE de la OSN entregan un petitorio al Ministro de Cultura de la Nación. Reclaman para el sindicato representatividad en la CoPIC y en paritarias, y para la orquesta un "adicional audiovisual" en concepto de recompensación de derechos de propiedad intelectual en grabaciones, más la firma de un convenio para que la Sinfónica Nacional tenga definitivamente su sede en el CCK.

El 18-05-2017 se introduce, aparte del aumento salarial de 20% en tres cuotas con una "clausula gatillo" respecto de la dinámica de la inflación, el concepto del "presentismo" (premio estímulo a la asistencia) al régimen salarial.
Las tablas salariales a partir de junio 2017.


Documentos varios:
La Carta de renuncia de Juan José Castro (1960) es un “clásico” del género. Su contenido resulta tan actual como en el momento de su aparición.

La Carta de apoyo a la OSN de Zubin Mehta (1987) aportó a la lucha gremial por el “745/88” las consideraciones de un maestro de indudable competencia en la materia. A la vez confirma que una “Orquesta Sinfónica Nacional” es una institución a la que se mira también desde el exterior, y que su jerarquía es un reflejo del rango cultural y político de la Nación.

De los 10 artículos de la prensa sobre la iniciativa del Maestro Zubin Mehta que se encuentran en nuestro archivo, presentamos un Editorial de Clarín.

En los años 2003-2005 una Comisión Artística interna de la OSN colaboró con la Dirección Artística de la orquesta en la configuración de asuntos de programación. Dicha Comisión elaboró además una serie de cartas con observaciones sobre las necesidades inmediatas para el normal funcionamiento artístico del organismo, que fueron elevadas a las autoridades por el Maestro P.E. Calderón; tienen sello de la mesa de entradas de noviembre y diciembre del año 2004. Ninguna de estas cartas fue respondida.
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Deudas con artistas invitados
- Deficiencias de higiene y seguridad en el ambiente laboral.
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Análisis de la ejecución de presupuestos de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación 1998-2003; anexo cifras de la ejecución de presupuestos SC
- Consideraciones sobre cachets para artistas invitados
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Consideraciones sobre repertorio y programación
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Difusión
- Auditorio Nacional (1)
- Auditorio Nacional en el Palacio del Correo Argentino


Luchas gremiales:
Archivo - Introducción al rubro, panfletos y comunicados 2006/2007